Comisión Reguladora de Energía

Es una dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, con carácter de Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética, como se establece en el párrafo octavo, del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 

Los mercados energéticos no se pueden regular solos y necesitan un ente imparcial que asuma esta tarea; la CRE tiene la función crucial de establecer reglas claras y promover la certeza legal y regulatoria para el mercado energético. Para ello, cuenta con dos instrumentos principales otorgar permisos y establecer tarifas. 

¿Quiénes están obligados?

De conformidad con el Reglamento de las Actividades a que se refiere el título tercero de la Ley de Hidrocarburos son:

Comercialización y Expendió al Público de Gas Natural 

Comercialización y Expendió al Público de Gas L.P. 


Comercialización y Expendió al Público de Petrolíferos 

Permisos

Los permisos a que se refiere este Reglamento tendrán una vigencia de hasta treinta años, contada a partir de la fecha de su otorgamiento, de conformidad con las disposiciones administrativas de carácter general.

Áreas Principales

Oficiala de Partes Electrónica (OPE)

Es la herramienta tecnológica, instrumentada por medio de un portal de Internet que permite a las personas legalmente acreditadas -previamente ante el órgano regulador-, enviar promociones electrónicas y, a la CRE, realizar actuaciones electrónicas.